Registro de la propiedad
Tiene como misión coordinar la estrategia para el ordenamiento inmobiliario del país; dirigir técnica, normativa y metodológicamente y controlar la inscripción de los bienes inmuebles por las personas naturales y jurídicas; representar al Estado cubano en actos de la actividad patrimonial y de nacionalización o confiscación; asesorar y dictaminar en negocios de inversión extranjera para la constitución, fusión o extinción de empresas estatales y sociedades mercantiles y en la definición y aprobación de su objeto social.
Registro de la propiedad
Teléf: 47588304 Horario 8:00-12:00 y 1:00-4:00 pm
Para inscribir su vivienda debe aportar:
- Título de la Propiedad actualizado que debe contener:
Naturaleza del inmueble (Urbano o Rural)
Ubicación
Descripción (Tipo de Inmueble y partes que lo componen)
Medidas y linderos; área ocupada y área total
Valor o precio legal
Naturaleza del derecho
Titular(es) con sus generales completas
Tramites del derecho con sus generales completas
Funcionario o autoridad que expidió el título
- Documento de identidad del que solicite la inscripción o la representación, en los casos que corresponda.
- Comprobante del pago del impuesto, si corresponde su exigencia.
La solicitud puede ser presentada por:
- El adquiriente del derecho
- El que transmite el derecho
- El representante legal o voluntario de cualquiera de las personas antes mencionadas
- Cualquier persona que tenga interés legítimo en asegurar el derecho que se pretende
Impuestos sobre documentos | Sellos del timbre CUP
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Certificaciones | 10.00 |
Certificaciones negativas | 5.00 |
Notas simples informativas | 5.00 |
Resolución 370/11 del MFP
Términos para realizar la inscripción:
15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud. El plazo puede ser extendido a 30 días hábiles más, excepcionalmente, si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro, para verificar la validez del título.
La inscripción se cobra según el valor o precio
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