Registro del estado civil
El Registro del Estado Civil es una institución de carácter público a través de la cual el Estado garantiza la inscripción de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas.
Registro Civil Teléf: 47588363 Horario: 8:00-12:00 y 1:00-4:00 pm
En el Registro del Estado Civil se realizan trámites relacionados con:
- Nacimientos
- Matrimonios
- Defunción
- Ciudadanía
Expedición de Certificaciones:
- Si el asiento es del propio registro y está en el SIREC (Sistema de Registro del Estado Civil) hasta 2 días.
- Si el asiento es propio del registro hasta 5 días.
- Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y tiene conexión hasta 7 días.
- Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y no tiene conexión hasta 15 días.
Formalización de Matrimonio
- Hasta 5 días según acuerdo de las partes.
Otros actos:
- Denegación de reconocimiento de filiación hasta 2 días.
- Denegación del nombre en el modelo de solicitud de inscripción hasta 2 días.
- Denegación solicitud de inscripciones hasta 2 días
Expedientes de:
- Subsanación de error, omisión o adición hasta 5 días
- Cambio, modificación, supresión de nombres o apellidos hasta 5 días.
- Inscripción fuera de término hasta 5 días
- Reconstrucción o reinscripción de asientos hasta 5 días.
Búsqueda:
Cuando se brinda este servicio:
- Expedición de certificaciones, se aumenta hasta 3 días más al término fijado si el asiento es propio del registro; y hasta 5 días si el asiento es de otro registro. Los términos se cuentan en días hábiles.
- Expedición de certificaciones basadas en los asientos que obren en sus oficinas y las negativas que resulten de estos. Dichas certificaciones pueden ser liberales o extractadas.
- Expedición de certificación de Capacidad Legal para la formalización del matrimonio fuera del territorio nacional de un/a ciudadano/a extranjero/a.
- Solicitud por teléfono de certificaciones en extracto de todas las unidades del territorio nacional.
- Búsqueda de asientos inscripción en todas las unidades del territorio nacional.
Para cualquier trámite es indispensable presentar el carné de identidad de cada uno, que a continuación se especifican
- Subsanaciones de Errores u Omisiones:
- Certificaciones donde conste el error.
- Documentos probatorios que justifiquen su pretensión
- Escrito de solicitud
- Cambio, adición, modificación o supresión de nombre y/o apellidos
- Escrito de solicitud.
- Certificación de nacimiento
- Certificación de matrimonio
- Certificaciones de nacimiento de los/as hijos/as
- Declaración jurada
- Documentos probatorios
Para autorizar Cambio, adición, modificación o supresión de nombre y/o apellido se exigirá que la persona pruebe documentalmente ser conocida socialmente por los nombres o apellidos que solicita, o cuando los tiene conformen palabras con características poco comunes a la generalidad de los utilizados en la sociedad, o que con ellos se identifiquen hechos objetos, animales o cosas.
- Inscripción de nacimiento fuera de término:
- Declaración jurada
- Informe pericial médico que certifique su edad apropiada
- Documentos probatorios
- Certificación negativa del nacimiento.
- Inscripción de matrimonio fuera de término:
- Copia autorizada del documento mediante el cual se formalizó el acto.
- Cualquier otro documento o prueba admitida en derecho.
- Inscripción de defunción fuera de término:
- Certificado médico de defunción si existiera.
- Certificado del lugar donde fue inhumado o cremado el cadáver
- Declaración de los testigos que hayan visto o encontrado el cadáver o presenciado la muerte.
- Certificación negativa de defunción
- Cualquier documento admitido en derecho
- Declaración jurada. Se solicitará la presentación del carné de identidad del/a solicitante y de los/as testigos, según el caso.
- Reconocimiento de filiación (de progenitores a hijos/as). Se presentará:
- Carné de identidad de la madre y el padre
- En los casos de cubanos/as residentes en el exterior o extranjeros/as se exigirá la copia de la escritura de reconocimiento autorizada por Notorio Público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.
- Formalización de matrimonio. Los contrayentes aportarán al Registrador:
- Carné de identidad
- Certificaciones probatorias del estado conyugal
- Certificado médico de la mujer que hubiese extinguido su vínculo matrimonial antes de transcurridos 300 días de dicha extinción, en el que se acredite si se encuentra embarazada o no
- Autorización de los progenitores para formalizar el matrimonio a los/as menores de 18 años de edad; en el caso de la mujer hasta los 14 años cumplidos y el varón hasta los 16 años, también cumplidos.
- Reconstrucción o reinscripción total o parcial de folios:
- Carné de identidad de quien promueve la gestación
- Escrito de solicitud
- Certificación donde conste la destrucción del asiento
- Documentos probatorios
La solicitud de trámites registrales podrá ser por el/la propio/a interesado/a o por representación legal, voluntaria o bajo representación letrada.
Términos establecidos para la presentación de los REC.
Tramitación de expedientes de matrimonios de cubanos/as con extranjeros/as hasta 5 días hábiles.
Expediente de subsanación de error, cambio de nombres y apellidos e inscripción fuera de término hasta 120 horas.
Inscripción de nacimientos, matrimonios y defunciones hasta 24 horas.
Expedición de certificaciones del REC
- Del propio registro hasta 5 días
- Por teléfono dentro de la provincia hasta 7 días
- Por teléfono fuera de la provincia hasta 15 días
- Literales hasta 30 días
- Cuando se brinda el servicio de búsqueda (porque no se tiene información del acontecimiento) se añaden hasta 5 días a los términos fijados.
Del impuesto sobre documentos tramitados en las oficinas del REC
CERTIFICACIONES | SELLO TIMBRE (CUP) |
De nacimiento | 5.00 |
De matrimonio | 5.00 |
De defunción | 5.00 |
De acta ciudadanía | 10.00 |
literales | 10.00 |
De capacidad legal | 10.00 |
Otra certificación especificada anteriormente que se base en inscripciones o anotaciones marginales, resultantes de los libros y documentos de los mencionados registros | 5.00 |
TRÁMITES | SELLO TIMBRE (CUP) |
Solicitud de Cambio, adición o supresión de nombre o apellido | 20.00 |
Expedientes de subsanación de error | 10.00 |
Declaración jurada para cambio de nombre y/o apellido | 10.00 |
Autorización a menores de edad para contraer matrimonio | 10.00 |
Expediente de inscripción fuera de término | 10.00 |
Reconocimiento de filiación | |
Formalización de matrimonios |
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